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domingo, 23 de febrero de 2025

¿Por qué Estados Unidos reclama el libre tránsito por el Canal de Panamá? Análisis del Dr. Italo Antinori

El Dr. Italo I. Antinori, reconocido constitucionalista y Primer Defensor del Pueblo de la República de Panamá (1997-2001), realiza este tercer análisis jurídico e histórico sobre la temática del Canal de Panamá que se denomina:  “¿Por qué Estados Unidos reclama el libre tránsito por el Canal de Panamá?” El análisis se suma a dos anteriores, cuya lectura también recomendamos:

1. ¿Tiene argumentos jurídicos Estados Unidos para intervenir militarmente en Panamá? Visible en: https://laverdadhispanoamerica.blogspot.com/2024/12/el-constitucionalista-dr-italo-i.html

2. La creciente influencia china en el Canal de Panamá. Visible en: https://laverdadhispanoamerica.blogspot.com/2025/01/el-constitucionalista-y-primer-defensor.html


¿Por qué Estados Unidos reclama el libre tránsito por el Canal de Panamá?

Aunque parezca increíble, cuando el entonces Presidente de Estados Unidos, Jimmy Carter (1977-1981), negoció con la República de Panamá el “Tratado concerniente a la Neutralidad permanente del Canal y al funcionamiento del Canal” (conocido simplemente como el Tratado de Neutralidad, firmado en Washington D. C., el 7 de septiembre de 1977 y cuya vigencia es perpetua), cometió un enorme descuido jurídico en detrimento de los intereses de su país.  Quizá, esa omisión sea la génesis de uno de los reclamos que hace el Presidente de Estados Unidos Donald Trump, a la República de Panamá.  Sucede que en el numeral 2 del artículo VI, del Tratado de Neutralidad negociado y firmado en 1977, se pactó lo siguiente:

Mientras los Estados Unidos de América tengan la responsabilidad por el funcionamiento del Canal, podrán continuar otorgando a la República de Colombia, libre de peajes, el tránsito por el Canal de sus tropas, naves y materiales de guerra.  Posteriormente la República de Panamá podrá otorgar a las Repúblicas de Colombia y Costa Rica el derecho al tránsito libre de peajes.”

(El Tratado de Neutralidad fue publicado en la Gaceta Oficial de la República de Panamá N° 18, 451 del martes 1 de noviembre de 1977. pág. 190, al que se puede acceder en:

https://www.gacetaoficial.gob.pa/gacetas/18451_1977.pdf)

Al analizar la norma transcrita se llega a las siguientes conclusiones jurídicas:

1. El tratado señala que, mientras Estados Unidos administrara el Canal, “podrán continuar otorgando a la República de Colombia, libre de peajes, el tránsito por el Canal de sus tropas, naves y materiales de guerra.  Tal concepto lo consignaron en virtud de la existencia de un reclamo histórico que Colombia le hizo a Estados Unidos por haber facilitado y promovido la independencia de Panamá.  La diferencia entre ambos países por la independencia de Panamá, condujo a que Estados Unidos y Colombia suscribieran el Tratado “Thomson-Urrutia” celebrado el 6 de abril de 1914, en el que, entre otros aspectos, Estados Unidos le concedió a la República de Colombia y durante su administración, libre tránsito por el Canal de Panamá y, además,  frente al reclamo colombiano, tuvo que indemnizar a Colombia con la suma de 25 millones de pesos oro, en moneda de los Estados Unidos de América, como compensación e indemnización por la independencia de Panamá. Ver el artículo III del Tratado Thomson-Urrutia en la siguiente dirección:

https://drive.google.com/file/d/1kir2_42KZbbEoeZHWzmoPqh2O9WcmT0i/view?usp=sharing

2. Respecto al numeral 2 del artículo VI del Tratado de Neutralidad que hemos transcrito, observemos que establece que, posteriormente y cuando la República de Panamá tuviese la administración del Canal, “podrá otorgar a las Repúblicas de Colombia y Costa Rica el derecho al tránsito libre de peajes.”

3. Conforme se estableció en el mencionado párrafo, si bien se pactó la posibilidad de que la República de Panamá le extendiera derechos de libre tránsito a Colombia y a Costa Rica, nótese que no se hizo lo mismo a favor de Estados Unidos.  Y es que la administración del Presidente Jimmy Carter tuvo una grave omisión al no negociar ni pactar que, una vez la República de Panamá pasara a administrar el canal, le otorgara también el referido derecho a Estados Unidos, tal cual se le otorgó tanto a Colombia como a Costa Rica.

4. A nuestro modo de ver resulta probable que, entre otros aspectos, ésta sea una de las razones del malestar del Presidente Trump, de algunos senadores e importantes sectores de Estados Unidos, al meditar que promovieron la independencia de Panamá de Colombia para lograr la construcción del Canal de Panamá (no perdamos de vista que el Tratado Hay–Bunau Varilla se firmó el 18 de noviembre de 1903, vale decir, solo 15 días después de la independencia),  se obligaron en dicho Tratado a garantizar y a mantener la independencia de la República de Panamá frente al poderío militar de Colombia, que no tenía la naciente república (ver art. 1 del Tratado Hay-Bunau Varilla), construyeron con sus recursos económicos y capacidades técnicas el Canal de Panamá y tuvieron hasta que pagar una indemnización millonaria a Colombia, que hizo reclamos internacionales por la ayuda, protección e impulso que le dio Estados Unidos a Panamá para que se independizara de Colombia el 3 de noviembre de 1903. (art. III del Tratado Thomson-Urrutia).  Sin embargo, paradójicamente Estados Unidos no tiene el derecho de libre tránsito por el Canal de Panamá que sí tiene Colombia.

5. Quizá, en Estados Unidos también resentirán que Colombia tenga derechos al libre tránsito por el Canal de Panamá, concedidos a perpetuidad por la República de Panamá, pese a que es una realidad insoslayable que Colombia se opuso a la construcción del Canal por Panamá cuando Estados Unidos se lo propuso en momentos en que Panamá era un Departamento de la República de Colombia. (Recomendamos analizar la historia del rechazo colombiano al Tratado Herrán-Hay el 12 de agosto de 1903).

Derechos al libre tránsito por el Canal de Panamá, otorgados a perpetuidad por la República de Panamá a la República de Colombia

El 22 de agosto de 1979 – cuando no habían transcurrido dos años de la firma de los Tratados del Canal de Panamá conocidos como “Tratados Torrijos-Carter” – la República de Panamá y la República de Colombia suscribieron el Tratado denominado “Uribe Vargas-Ozores Typaldos,” conocido popularmente como el “Tratado de Montería.  El tratado fue firmado por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia, Diego Uribe Vargas y el de Panamá, Carlos Ozores Typaldos, en la ciudad de Montería, Departamento de Córdoba, República de Colombia.  El “Tratado de Montería” fue aprobado por la República de Panamá mediante Ley N° 2 de 25 de noviembre de 1980 (publicada en la Gaceta Oficial N° 19 211 de 5 de diciembre de 1980)  

El Tratado de Montería le otorgó a perpetuidad (no tiene término ni fecha de expiración) a la República de Colombia, a partir del 31 de diciembre de 1999, cuando Panamá empezó a administrar el Canal, los siguientes derechos:

1. El derecho al libre tránsito, por el Canal de Panamá – libre de todo gravamen, derechos o tasas de los productos naturales e industriales de Colombia, al igual que sus correos. (Ver art.1 numeral 1 del citado Tratado).

2. El derecho para que los colombianos que transiten por el canal lo hagan libre de peajes, impuestos o contribuciones “que no sean aplicables a los panameños” (Ver art. 1 numeral 2 del Tratado).

3. El derecho para que, en todo momento, la República de Colombia pueda pasar por el canal sus tropas, naves y materiales de guerra sin pagar peaje alguno. (Ver art. 1 numeral 3 del Tratado).

4. El privilegio de que, si por alguna razón se cerrara el Canal de Panamá “o cuando por cualquier otra causa sea necesario” la República de Panamá permitirá a Colombia el uso del ferrocarril entre las ciudades de Panamá y Colón “para el transporte por dicha vía o por cualquier otro ferrocarril que los sustituya, de los agentes y empleados del Gobierno de Colombia, así como de los correos y los productos colombianos”  (Ver el art 2 de dicho Tratado)

Todo lo que hemos expuesto anteriormente que se refiere al contenido del “Tratado de Montería”,  puede ser constatado y verificado en la siguiente dirección (buscar la página 5):

https://docs.panama.justia.com/federales/leyes/2-de-1980-dec-5-1980.pdf

Resulta difícil explicarse por qué razón Panamá le otorgó derechos a perpetuidad a la República de Colombia, mientras que, en el Tratado de libre tránsito con Costa Rica, solo se le concedió un término de 25 años.  Curiosamente, quienes dicen luchar contra la “estaca colonialista de Estados Unidos en Panamá” y quienes pretenden que el pueblo defienda “su canal” (obviando reconocer que han sido los políticos corruptos quienes lo han aprovechado en estos 25 años), nada dicen respecto a semejante concesión a perpetuidad que sí tiene Colombia, pero no Estados Unidos, pese a que fue dicha nación la que construyó el Canal de Panamá.   Para ellos,  ha sido oprobioso e ignominioso que Estados Unidos haya tenido derechos “a perpetuidad en el Tratado Hay-Bunau Varilla; sin embargo, con su silencio pareciera que consideran apropiado que se le haya dado a la República de Colombia el derecho de libre tránsito por el Canal de Panamá “a perpetuidad”.  Si una de las quejas históricas de Panamá era que en el Tratado Hay-Bunau Varilla se le concedían derechos a perpetuidad a Estados Unidos, ¿cómo es posible que, al reemplazarlo por un nuevo tratado que “puso fecha de cumpleaños a la presencia de Estados Unidos en Panama como decía Torrijos – se haya entregado a favor de la República de Colombia derechos de libre tránsito a perpetuidad, concepto que tanto criticaron cuando lo tenía Estados Unidos?

Derechos al libre tránsito por el Canal de Panamá, otorgados por 25 años, por la República de Panamá a la República de Costa Rica

Con fundamento en lo que se estableció en el último párrafo del artículo VI del Tratado de Neutralidad cuya referencia y vínculo de acceso al convenio hemos señalado anteriormente – los derechos al libre tránsito los podía conceder la República de Panamá, también a la República de Costa Rica. Sin embargo, como lo pactado se estableció de manera condicional, puesto que en la referida redacción se conjugó el verbo “poder” en futuro simple del singular, es decir, “podrá,”  la República de Panamá firmó con Costa Rica un Tratado en la ciudad de Panamá, el 2 de febrero de 1980, concediéndole iguales derechos que a la República de Colombia, pero únicamente por un período de 25 años. (Ver art. IV del Tratado firmado entre las Repúblicas de Panamá y Costa Rica).

Mientras a Colombia se le otorgaron derechos a perpetuidad, a Costa Rica solo le concedieron 25 años. El Tratado con la República de Costa Rica fue firmado por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores de Panamá Carlos Ozores Typaldos y por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica, Rafael Ángel Calderón Fournier.  Asimismo, refrendaron dicho Tratado el Presidente de Panamá, Aristides Royo Sánchez y el de Costa Rica, Rodrigo Carazo Odio.   Pese a que fue debidamente firmado por las partes contratantes, el Tratado no fue discutido ni considerado por la entonces Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos ni posteriormente por la Asamblea Nacional, puesto que, por mandato constitucional (art. 159 numeral 3 de la Constitución Política de Panamá), corresponde al Órgano Legislativo aprobar mediante ley todos los tratados internacionales que celebre el Órgano Ejecutivo.  Hemos hecho las investigaciones académicas de rigor, tanto en la Asamblea Nacional como en la Gaceta Oficial y pese a que fue suscrito y debidamente firmado, no consta que haya sido aprobado por el órgano Legislativo panameño.  Por ello, a nuestro juicio, si bien el tratado fue firmado de buena fe entre ambos países, para los efectos jurídicos/constitucionales, no tiene en estos momentos plena validez ni eficacia jurídica por la carencia de la aprobación por parte del parlamento panameño. El texto del tratado firmado entre Panamá y Costa Rica – y que no ha sido aprobado a la fecha por el Parlamento panameño – puede leerse en la siguiente dirección:

https://drive.google.com/file/d/1M1e609tHz1VHq6ZuZXcAFAULsmNqcvcF/view?usp=sharing

Lo cierto es que, si bien en el numeral 2 del artículo VI del Tratado de Neutralidad se pactó la posibilidad de que Panamá le concediera derechos de libre tránsito sobre el Canal de Panamá a las Repúblicas de Colombia y Costa Rica, en estricto derecho actualmente solo lo tiene Colombia y a perpetuidad.  Como hemos explicado el Tratado de libre tránsito con Costa Rica no ha sido aprobado.  Respecto a los derechos a libre tránsito de Estados Unidos, consideramos un garrafal error de negociación de la administración del Presidente Jimmy Carter (Partido Demócrata), que Estados Unidos no haya negociado en su momento derechos de libre tránsito para sus buques, mercancías, productos, navíos de guerra y otros, tal como lo obtuvo la República de Colombia. El resultado de la histórica e inexplicable omisión es el conflicto o desavenencia que existe a la fecha entre Estados Unidos – bajo la administración del Presidente Donald Trump – y el gobierno de Panamá por el derecho de libre tránsito por el Canal de Panamá. ¿Podría lograrse un arreglo entre las partes por la vía de un memorándum de entendimiento, lo cual evitaría la modificación del Tratado?  Es una posibilidad jurídica que las partes deberán analizar y considerar de existir voluntad de entendimiento. 

Por elemental lógica, razonamos que la Administración del Presidente Trump, senadores y otros importantes sectores de Estados Unidos, están incómodos con Panamá, por diversas razones que mencionamos a continuación:

1. La innegable presencia de intereses chinos en las proximidades del Canal de Panamá, lo que es inquietante y preocupante desde el punto de vista de la neutralidad y seguridad del Canal de Panamá. China es una potencia mundial y en caso de una conflagración universal su presencia en la zona adyacente al Canal de Panamá le da una evidente ventaja estratégica.  

2. No perdamos de vista que la República Popular China (China Comunista) se ha negado a aceptar y a firmar el Tratado de Neutralidad, esgrimiendo como excusa la adhesión, desde hace años, de la República de China (Taiwán).  Pero, al no haberse adherido, no están obligados a acatar ni aceptar la neutralidad del Canal de Panamá.  Ni Varela, quien abolió inesperadamente el 12 de junio de 2017 una histórica y excelente relación de cooperación y amistad con la República de China (Taiwán) que databa de 1911, para establecer, de manera furtiva y cuestionable, relaciones con la comunista República Popular China ni ningún otro presidente posterior, se lo han exigido a China, con la misma dosis de patriotismo y exacerbado nacionalismo que suelen usar cuando tratan o reclaman a Estados Unidos.

3. Estos hechos sumados al largo listado de obras y empresas en las que, curiosamente, aparecen compañías chinas en el área del canal, ponen los pelos de punta a cualquiera.  El listado completo con las pruebas y datos exactos de las obras ejecutadas y que ejecutan empresas China en las riberas del Canal de Panamá puede ser constatado en nuestro análisis denominado “La creciente influencia china en el Canal de Panamá” publicado el pasado 25 de enero de 2025, visible en:

https://laverdadhispanoamerica.blogspot.com/2025/01/el-constitucionalista-y-primer-defensor.html

4. Suponemos que será irritante para Estados Unidos reflexionar que ellos atizaron la independencia de Panamá de la República de Colombia – obviamente para construir el canal – la  mantuvieron militarmente cuando Colombia acarició la idea de  recapturar el Istmo (art. 1 Tratado Hay-Bunau-Varilla), construyeron el Canal con sus recursos económicos y técnicos, tuvieron hasta que indemnizar económicamente a Colombia por la independencia de Panamá (art. III del Tratado Thomson-Urrutia), sin embargo, no tienen actualmente los derechos de libre tránsito que Panamá le otorgó a perpetuidad a Colombia que se  opuso a la construcción del canal cuando Panamá era un Departamento colombiano (rechazo del Tratado Herrán-Hay en agosto de 1903).

Tal como lo hemos sostenido reiterativamente en nuestros análisis, son muchos los hechos y razones históricas, sociales, económicas y hasta familiares que unen indisolublemente a Panamá con Estados Unidos.  Los desencuentros han sido menos que las grandes coincidencias y la alianza por más de un siglo.  En consecuencia, es prudente y sensato sostener que el destino manifiesto de Panamá es estar cerca de Estados Unidos, por lo que, en defensa de los intereses de millones de panameños, el gobierno tiene el deber de actuar con mesura, cordura, inteligencia emocional y mental, para lograr lo mejor para Panamá, sin crear cismas ni deterioro en la relación de los dos países, históricamente aliados.  Un gobierno juicioso debe alejarse de los paroxismos desenfrenados, bravatas y confrontaciones, así como de los chauvinismos estériles que nada contribuyen al resguardo de los mejores intereses nacionales.

21 de febrero de 2025.

Dr. Italo I. Antinori B.

Doctor en Derecho (Especializado en Derecho Constitucional)

Universidad Complutense de Madrid, Reino de España

Primer Defensor del Pueblo de la República de Panamá (1997-2001)

Correo Electrónico: iantinorib@cwpanama.net

https://www.youtube.com/watch?v=kldLuqZp6vI

https://www.youtube.com/watch?v=TojCeGsA83w

https://www.educacion.gob.es/teseo/mostrarRef.do?ref=144960

 


martes, 2 de mayo de 2023

Análisis del constitucionalista complutense, Dr. Italo Isaac Antinori Bolaños, Primer Defensor del Pueblo de la República de Panamá (1997-2001)

– Declaraciones del Ministro de Exteriores colombiano –

Algunas reflexiones derivadas de una irreverente declaración. 

 

Dr.  Italo Antinori B.
Constitucionalista

La docta y amable Colombia, con el gobierno del charlatán y embaucador profesional, el guerrillero/presidente Gustavo Petro Urrego y después de escuchar a su torpe Ministro de Relaciones Exteriores Alvaro Leyva Durán referirse (finales de abril de 2023) a Panamá como “el Departamento de Panamá”, concluimos una vez más que el poder en Colombia lo ejerce un perfecto cretino y que tan hermoso y culto país, se ha convertido en un Estado indecente con tan desastroso gobierno. 

Hay que repudiar el irrespeto y la provocación hecha por el gobierno del comunista Gustavo Petro y su ministro Alvaro Leyva Durán (quien ha sido históricamente un oculto colaborador de la guerrilla comunista, dentro de grupos de economía liberal en Bogotá, donde pertenece a una aristócrata familia). Pero también Panamá – por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores – debe condenar y repudiar las injerencias irreverentes que ha hecho en varias ocasiones la limitada Embajadora del impopular Joe Biden de Estados Unidos en Panamá, Mari Carmen Aponte, hecho que constantemente ha realizado, interviniendo en asuntos propios de los panameños. 

Ahora las tibias y timoratas disculpas del Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia Alvaro Leyva Durán por haberse referido al “Departamento de Panamá”, que se hicieron públicas en Panamá, el viernes 27 de abril del 2023, no son suficientes ni invalidan ni disipan tan irreverente y grosera expresión.  Sus torpes declaraciones no fueron un simple desliz lingüístico, sino que lamentablemente es el reflejo de lo que en algunos sectores de Colombia – gracias a Dios no son todos – siguen manteniendo muy íntimamente, desde hace muchos años, como un etéreo e imposible anhelo de que puedan retomar a Panamá, después de nuestra separación de dicho país, el 3 y 4 de noviembre de 1903.  Es que, si no lo hicieron en 1903 y durante algunos años después – las cosas hay que decirlas sin ambages ni complejos chauvinistas – fue gracias a que los Estados Unidos de América lo impidieron con su presencia y poder militar, en cumplimiento del Tratado Hay-Bunau Varilla de 18 de noviembre 1903 (formalmente vigente hasta el 1 de octubre de 1979 cuando entró a regir el Tratado Torrijos-Carter) que, entre otros aspectos, acordaba que Estados Unidos garantizaría la independencia de Panamá.

Panamá debe ser enérgica y drástica con el traumático e injerencista gobierno del guerrillero/presidente, Gustavo Petro (ya ha intervenido de forma impropia e indebida en asuntos internos de Perú). 

Debemos tener claro que el gobierno del comunista guerrillero/presidente no va a cooperar en el control del flujo migratorio por la frontera común con Panamá, porque la estrategia oculta de todos los gobiernos comunistas de “Amerindia”, comenzando con Andrés Manuel López Obrador en las puertas de Estados Unidos – pasando por Daniel Ortega en Nicaragua, Xiomara Castro en Honduras, Miguel Díaz Canel/Raúl Castro en Cuba, Gustavo Petro en Colombia, Nicolás Maduro en Venezuela y otros, es fomentar y empujar la migración para perjudicar la economía de Estados Unidos.  Lo triste es que el  gobierno del Partido Demócrata de Estados Unidos no se da cuenta que, aparte del deseo de esos gobiernos comunistas y “comunistoides” de perjudicar a Estados Unidos que ha sido y es su permanente sueño y deseo, la migración ilegal de personas con carencias sociales básicas de esos países, es una cruel forma de deshacerse de su compromiso social como gobierno con los más pobres de sus países y así evitar la deuda social que tienen sus malos gobiernos y que no resuelven, porque sus políticas de izquierda no funcionan y son ineficaces.  Ante ese escenario inverosímil, Panamá debe cerrar temporalmente la frontera con Colombia como medida de Estado urgente, para preservar la estabilidad social, económica y hasta epidemiológica (están entrando enfermedades desconocidas incluso de otros continentes) del país y también resguardar celosamente hasta la fauna y flora del Darién – además de la seguridad de los habitantes de esa zona y de la nación – deteriorada y afectada por tan descontrolada “bomba migratoria.” Es a nuestro juicio, la única forma segura de parar la migración ilegal, para lo cual debería funcionar y activarse el Servicio Nacional de Fronteras (SENAFRONT) que desde que se creó en el gobierno de Martín Torrijos Espino, mediante Decreto-Ley N° 8 de 20 de agosto de 2008 (Gaceta Oficial N° 26109 del 22 de agosto de 2008), no se le conocen acciones efectivas y eficaces.   Es bueno el momento para que algunas fuerzas sociales – entre estas el Partido PAÍS y su valiente Presidente José Alberto Álvarez, (quienes el 28 de abril de 2023 se atrevieron a solicitar la ruptura de relaciones con Colombia) soliciten al gobierno de Panamá el cierre temporal de la frontera con Colombia (en cuanto al cruce de personas) para acabar con esa migración que es un cáncer permanente para Panamá y los países decentes de la región como Costa Rica y otros. 

Si algunos no estuvieran de acuerdo con la propuesta del Partido PAÍS en cuanto a romper relaciones con Colombia, por considerar que tal decisión es muy drástica e inoportuna, existe la alternativa de la declaratoria de persona “non grata” para el temerario Alvaro Leyva Durán, con solicitud expresa al gobierno de Panamá que retire la autorización de entrada o visado de dicho sujeto. Esa declaratoria de persona “non grata” bien la podría hacer la Asamblea Nacional por medio de su Junta Directiva, ahora que dicha corporación está de receso hasta el 1 de julio de 2023. También lo podrían hacer diversos partidos políticos y organizaciones de Panamá, en respuesta contundente al agravio. 

Panamá, su gobierno e instituciones, debe darse a respetar y alejarse de esa frase de nuestro escudo de que somos “Pro Mundi y beneficio,” cuando debe prevalecer, ante todo, el interés nacional y el de los panameños. Lo cierto es que Panamá debe hacer algo definitivo que establezca un precedente firme y serio y abandonar esa política blanda, sumisa y hasta dócil que se tiene permanentemente.  Así ha ocurrido con la actitud pusilánime y hasta cobarde de Panamá frente a los países que han promovido ponernos en listas negras cuando tenemos el mejor elemento de retaliación y retorsión que es el Canal de Panamá, por el que podemos prohibir al paso de naves con carga de desechos y basura nuclear, proveniente de Francia, Alemania y Gran Bretaña, países promotores de esas medidas contra Panamá.  Ellos pasan por el Canal barcos con basura nuclear y radioactiva que pone en peligro a la población panameña.  Ojalá Panamá despierte y actúe puesto que, si un Estado de manera firme y puntual no se da a respetar, jamás podría consolidar su proyecto como nación. 

30 de abril de 2023

jueves, 23 de junio de 2022

¿GANÓ O PERDIÓ COLOMBIA CON LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL DEL 2022? - Interesante análisis del constitucionalista Dr. Italo Antinori Bolaños

¿GANÓ O PERDIÓ COLOMBIA CON LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL DEL 2022?

Dr. Italo Antinori B.
iantinorib@cwpanama.net

No hay duda alguna que lo que ocurra en Colombia tiene importancia para la región y puntual sentido para Panamá.  No solo por el gran cariño y afecto que los panameños sentimos por tan maravilloso país, sino porque fuimos parte de su historia y son innegables los vínculos culturales, sociales y familiares, así como la interrelación económica de ambos Estados que se profundiza al compartir una frontera de más de 250 kilómetros de extensión.  

Desde finales del año 2021, cuando se inició la carrera por la Presidencia de Colombia, llamaba la atención, por irreverente y atrevido el mensaje de Rodolfo Hernández, persona bien intencionada, experimentado ingeniero civil bumangués, exalcalde de Bucaramanga, Santander, con una personalidad extravagante, locuaz, pero simpática.  Visualizaba que, por novedoso y folclórico, iba a estremecer los cimientos políticos de Colombia.  Su condición de “outsiders” de la política le permitía lanzar de forma más cómoda planteamientos y críticas mordaces al sistema político, a la política y a los políticos. A pesar de que algunos al principio lo desdeñaron por viejo, sus planteamientos sonaban frescos a los muchos inconformes que cada día crece más contra los partidos y políticos tradicionales.  Otro candidato, con considerable respaldo, que se presentó a las elecciones fue Federico Gutiérrez – conocido como Fico – un ingeniero civil antioqueño, exalcalde de Medellín, Antioquia, de ideas liberales con una personalidad más formal y con mayor formación política e ideológica. Sin embargo, su mensaje bien conceptualizado y estructurado no llegó a provocar el efervescente entusiasmo que lograba generar el extrovertido Ing. Hernández a medida que se acercaba la fecha en la que se celebró la primera vuelta electoral (29 de mayo de 2022).  Por eso, confieso que para mí no fue una sorpresa el resultado de la primera vuelta.  El exguerrillero de izquierdas y ex alcalde de Bogotá, Gustavo Petro (quien también posee la nacionalidad italiana por jus sanguinis). obtuvo 8,541,617 votos que representaron el 40.34% y el “viejito” populista de derecha y exalcalde de Bucaramanga Rodolfo Hernández logró 5,965,335 votos que constituyeron el 26.17% de los votos emitidos. Ambos ocuparon el primero y segundo lugar respectivamente en la primera vuelta electoral y, por tanto, pasaron a disputar la segunda vuelta electoral porque ninguno de los dos logró la mitad más uno de los votos.   Cuando ambos candidatos arrancaron en la búsqueda de los votos para la segunda vuelta, todos los sondeos o datos demoscópicos indicaban que el Ingeniero Hernández, partía como favorito para alzarse con la victoria.  A su caudal electoral, por elemental lógica, se debían incorporar la gran cantidad de los votos obtenidos por el Ing. Federico Gutiérrez, tercero en número de sufragios en la primera vuelta (5,069,448 votos que representaron el 23.9%), pues éste – de forma generosa y desprendida – lo primero que hizo al terminar la primera vuelta fue otorgar el apoyo a Hernández y recomendar a sus simpatizantes el voto para su propuesta, sin pedir ni condicionar su apoyo. Rodolfo Hernández empezó la carrera para la segunda vuelta electoral del 19 de junio de 2022, con la corriente a su favor.  Así lo indicaron la mayoría de los sondeos de opinión que predecían no solo ventajas y apoyos a su favor, sino una posibilidad de mayor crecimiento en las simpatías electorales.  Mientras, al candidato izquierdista, Gustavo Petro, lo calificaban como un aspirante presidencial que había tocado su techo final en la primera vuelta, con pocas posibilidades de ganarle a Hernández.  El equipo del candidato Rodolfo Hernández consideró erradamente que su candidatura era imparable y actuaron con evidente triunfalismo, algo parecido a una borrachera de triunfo electoral previo, sin meditar que, entre la primera vuelta electoral (29 de mayo de 2022) y la segunda vuelta (19 de junio de 2022) debían transcurrir tres semanas en las que, los vientos y circunstancias, pueden variar cualquier resultado.  En nuestra obra constitucional denominada “La Segunda Vuelta Electoral”, explicamos la dinámica de la segunda vuelta electoral, donde el candidato debe concitar e instigar la obtención de la confianza y el entusiasmo de otras fuerzas políticas que no pasaron a la segunda vuelta – afines a sus planteamientos – para consolidar su propuesta y hacerse con el triunfo electoral. Pero la excesiva confianza y el sentimiento de triunfo previo son perjudiciales porque nos hace actuar como lo hizo la liebre en la famosa fábula de la carrera entre la liebre y la tortuga.  El Ing. Hernández, excesivamente confiado en su triunfo no cortejó ni motivó los millones de votos de quienes votaron en la primera vuelta con la propuesta del Ing. Federico Gutiérrez, muchos de los cuales se ubicaban en el espectro político cercano al expresidente Alvaro Uribe Vélez, líder de innegable influencia en el escenario político colombiano. Tampoco insistió ni se preocupó por hacerlo con otras fuerzas minoritarias que eran importantes y necesarios apoyos para sumar a su candidatura.  El Ing. Hernández embriagado de un triunfo electoral que aún no tenía, se dedicó a utilizar en demasía su peculiar estilo populachero, tosco y paleto que por novedoso y por antisistema, lo encumbró en la primera vuelta.  Pero, precisamente eso que lo salvó en la primera vuelta fue lo que le perjudicó en la segunda vuelta donde su desinhibida locuacidad lo proyectó como un aspirante carente de la prudencia para no hablar de más, ni decir lo que no debía.  En vez de excesivas verbosidades debió dedicarse a presentar planteamientos serios y sopesados de programas concretos, creíbles y coherentes que le hicieran sumar simpatías adicionales que le permitieran ganar.  Mientras el Ing. Hernández cual la liebre de la fábula se dedicó a hablar excesivamente y de forma verborreica en vez de concretar propuestas, su oponente actuaba como la tortuga del cuento que sabía que tenía que apurar el paso para ganar la carrera, por lo cual presentó propuestas e ideas concretas, hecho que no hacía el Ing. Hernández.  Gustavo Petro en esas tres semanas, de manera habilidosa, de forma inteligente y casi imperceptible fue sumando adhesiones de forma lenta y constante.  Supo mimetizarse – incluso camufló y disfrazó algunos de sus desafortunados conceptos – para buscar a toda costa simpatías electorales frente a un considerable grupo de ciudadanos que se inclinaban por abstenerse.  Su estrategia les convenció al moderar tácticamente su discurso, buscando diluir y disipar la desconfianza que su pasado de guerrilla y armas, le generaba.  Convenientemente en tres semanas Petro supo pintarse y proyectarse como una “izquierda moderada” proviniendo de una izquierda radical que convenientemente ocultó, durante esas tres semanas. Petro comprendió que cuando empuñaba las armas como guerrillero en el comunista movimiento M-19, los jóvenes de menos de 35 años no habían nacido y, por consiguiente, su memoria no registra su pasado tenebroso.  Por eso cortejó el voto joven, usando para ello a su dinámica hija, Sofía Petro Alcocer quien lo conectó con la juventud.  El resultado fue que logró sumar más de dos millones de votos a su caudal electoral inicial para lo cual, al final, obtuvo en la segunda vuelta electoral 11, 281,013 votos equivalente al 50.4% de los sufragios emitidos, lo que lo convirtió en el primer presidente izquierdista de la historia de Colombia.  Si bien el Ing. Rodolfo Hernández logró cautivar a más de cuatro millones y medio de colombianos que escogieron su opción para obtener 10, 580 412, lo que significó el 47.31 % de los votos, que no fueron suficientes para ganar la contienda.  Esto significa que el Ing, Hernández no logró convencer a la totalidad de los que votaron en la primera vuelta por el Ing. Federico Gutiérrez que bien se abstuvieron o votaron por Petro, así como tampoco pudo obtener el respaldo de electores de otras fuerzas políticas para que se sumaran a su propuesta.  Quizá si el Ing. Hernández y su equipo de campaña hubiesen comprendido la necesidad de integrar y sumar más sectores políticos a su proyecto – y no hubieran actuado como la liebre de la conocida fábula – otro hubiese sido el resultado. 

El nuevo presidente electo Gustavo Petro iniciará su gobierno el 7 de agosto de 2022.  Ha anunciado que desde ese momento se iniciará una era de cambios en Colombia.  La inquietud y preocupación se ha apoderado de importantes sectores de Colombia y hay alarma en la comunidad internacional por el pasado de armas y guerrillas que persigue al nuevo presidente y por su formación marxista leninista. ¿Seguirán los colombianos teniendo un sistema con libertades democráticas o el modelo político/social se inclinará hacia el péndulo del llamado “socialismo del siglo XXI”?  Solo el tiempo habrá de responderle a los Colombianos – sobre todo a los que embelesados y deslumbrados le votaron sin medir consecuencias – si con Gustavo Petro ganó o perdió Colombia. 

Panamá 21 de junio de 2022

Dr. Italo I. Antinori Bolaños

Doctor en Derecho (Especializado en Derecho Constitucional)
Universidad Complutense de Madrid, Reino de España
Primer Defensor del Pueblo de la República de Panamá (1997-2001)
Correo Electrónico: iantinorib@cwpanama.net
https://www.youtube.com/watch?v=kldLuqZp6vI
https://www.youtube.com/watch?v=TojCeGsA83w
https://www.educacion.gob.es/teseo/mostrarRef.do?ref=144960