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Cuando en 1986 me iba a
estudiar a Europa el doctorado en Derecho, especializado en Derecho Constitucional,
mi padre de quien me había despedido una semana antes, decidió viajar desde nuestra
finca en Tolé, Chiriquí donde residía –
a casi 400 kilómetros de la ciudad de Panama – para despedirme, pues quería decirme personalmente, unas cortas palabras, antes
que emprendiera el viaje. En el
aeropuerto nos echamos a un lado y me dijo “te daré un consejo de padre: ahora
que viajarás muchas horas en el avión, te darás cuenta que, cuando uno sube a las alturas más allá de las nubes, en
verdad está más cerca de Dios, por lo que aprovecha ese largo trayecto para
rezar, reafirmar tu fe en Jesucristo como único redentor del mundo y para que
le pidas luz y felicidad en el camino de tu vida…” No sé si mi padre, conociendo mi carácter
nostálgico, me lanzó ese consejo, pero cada vez que monto a un avión, antes del
despegue, no dejan de repicar en mi corazón sus palabras, el recuerdo
trascendente y tranquilo de su voz y el aleteo
magnético de gozo infinito que siento, al evocar tan inolvidable consejo…
El jueves 18 de enero de
2018, durante el viaje que el Papa Francisco realizaba a Chile, volví a
recordar intensamente la frase de mi padre fallecido. Ese día el Papa Francisco hizo el trayecto
aéreo entre las ciudades de Santiago, capital del país e Iquique, ciudad
costera ubicada al norte de Chile. Para
ello, se desplazó en una aeronave de la empresa de aviación LATAM, la más grade
de la región. Dos miembros de la tripulación que daba servicio al vuelo,
tuvieron contacto con el PAPA FRANCISCO.
CARLOS CIUFFARDI un hombre de 41
años y PAULA PODEST RUIZ una mujer de
39 – ambos de nacionalidad chilena – le contaron al Papa que eran compañeros de
trabajo desde hacía diez años y que ambos eran pareja. El Papa Francisco les preguntó si estaban
casados y éstos le respondieron que lo estaban desde hacía siete (7) años por
lo civil, que eran padres de dos niñas, RAFFAELA,
de 6 años e ISABELA de 3 años, y que
no se habían podido casar por la iglesia porque en el año 2010, cuando todo
estaba planeado, el templo donde se casarían lo había derrumbado el terrible
terremoto que ese año destruyó ciudades costeras de Chile.
Nadie se imaginó que el
Espíritu Santo, inspiraría al Papa Francisco para que decidiera insólita e
inesperadamente casarlos de inmediato, en pleno vuelo y en las alturas más
arriba de las nubes… Con el Papa como oficiante el matrimonio se realizó y actuaron
como testigos del inesperado y original enlace, el Gerente General de la
empresa aérea y un Cardenal de la Curia que no fue identificado. Fue así como por primera vez se produjo una
peculiar boda en las alturas, oficiada por un Papa, jefe de la iglesia católica
mundial.
El acto ocurrido no es tan
simple como para mencionarlo solo como una encantadora noticia, en la que un
Papa realizó una boda sin precedentes en la historia del Pontificado, que hará palidecer de envidia a Reyes, Príncipes
y Magnates de todo el mundo que darían parte de sus inmensas fortunas y de sus
poderes, con tal de tener lo que los sencillos sobrecargos tuvieron sin
planificarlo: que el mismo Papa los casara.
Sin embargo, lo ocurrido hay
que analizarlo desde una dimensión espiritual muy profunda y trascendente. No es casual lo que aparentemente es un hecho
imprevisto, no esperado, ni planificado ni preparado, ni es solamente una
tierna historia de amor... El hecho constituye, sin duda, un mensaje divino que
Jesús ha querido enviar a la humanidad y sobre todo al continente americano en
estos tiempos de confusión, donde las fuerzas del maligno propugnan por
introducir elementos contra naturales y en contra de las leyes que Dios dejó en
la tierra. El hecho se produce cuando
existen grandes presiones del denominado “lobby gay” que empuja para que, con
fundamento en una Opinión Consultiva – que no es obligante ni vinculante porque
no proviene de un proceso contencioso – que emitió la Corte Interamericana de Derechos
Humanos el 24 de noviembre de 2017, se imponga el “matrimonio” entre personas
del mismo sexo, invadiendo la esfera y el derecho de legislar que tiene cada
Estado, conforme al sentimiento de su pueblo. Pretenden que, seis jueces – porque uno
disintió del criterio mayoritario – le impongan nuevos conceptos que nunca
fueron aprobados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos cuando fue
firmada por los países del continente americano, el 22 de noviembre de 1969. Intentan que de esa manera, se aplique el
reconocimiento al “matrimonio” gay, para evitar y evadir el difícil camino de
buscar y lograr leyes y reformas constitucionales en cada país, sabiendo que
tal camino hará imposible que se acepte lo que no es antropológica ni
científicamente correcto.
En un análisis jurídico que
realizamos hace algunos días, en cuanto a que si era obligante para los países
del continente, la Opinión Consultiva OC-24/17 dictada por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos el 24 de noviembre de 2017 sobre el “matrimonio”
entre parejas del mismo sexo, sostuvimos, entre otros aspectos, lo siguiente:
“No
es posible que los Estados del continente le cedan sin ninguna cautela ni
reserva alguna, su soberanía jurídica y constitucional a los caprichos de unos
pocos jueces – siete (7) en este caso que desde oficinas internacionales de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos – pretendan imponer agendas, consignas y criterios más
allá de lo que los Estados suscribieron en la Convención Americana sobre los
Derechos Humanos en 1969, y también más allá del derecho interno que cada
nación de forma soberana se ha otorgado en consideración a su derecho a la
autodeterminación y a su capacidad de legislar conforme al querer o sentir de
la mayoría de sus ciudadanos. Cada pueblo o nación del continente es dueña de
su destino, no pretendamos ahora que, los destinos de cada Estado queden en
manos de siete (7) jueces que decidirán por millones de panameños, suplantando
las facultades de nuestros Diputados que disponen del mandato representativo
que la sociedad les ha otorgado en democráticas elecciones o en el caso de todo
el continente, estaríamos consintiendo que los siete (7) jueces decidan por
millones de ciudadanos, inventando aspectos que no aparecen taxativamente
expresados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tal cual fue
aprobada en 1969”.
Para los que deseen
profundizar en el tema, les invito a leer nuestro análisis sobre la aludida
opinión consultiva y sus efectos, que
aparece publicado en la siguiente dirección:
Curiosamente en la Corte
Interamericana de Derechos Humanos un (1) solo Juez de siete (7), emitió un
salvamento de voto, en el que manifestó su oposición al reconocimiento de las
uniones de parejas del mismo sexo por parte de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos y a otros aspectos como el cambio de nombre e identidad, abogando por
el derecho que tiene cada Estado, según su democracia y derecho interno, a
legislar al respecto. Su salvamento de voto, dentro de la Opinión Consultiva constituye
una pieza de gran trascendencia jurídica, digna no solo de encomio, sino de
estudio, análisis y de referencia conceptual. El digno y justo juez es el Dr. EDUARDO VIO GROSSI, natural de
Chile, curiosamente el país donde se produjo el hecho maravilloso del
matrimonio en las alturas, que no es otra cosa que un mansaje divino que se
hace en momentos en que algunos osan discutir que el único matrimonio aceptado
a los ojos de Dios – y el único antropológicamente posible y correcto para
efectos de garantizar el futuro de la humanidad – es el de un hombre con una
mujer. Si antropológica y
fisiológicamente, el matrimonio de un hombre y una mujer es el único posible y
correcto, desde el punto de vista religioso, la Biblia es muy clara.
Según el Evangelio de Mateo, capítulo 19, versículos 4 al 6, Jesús
dijo:
¿No
han leído que en el principio el Creador
“los hizo hombre y mujer”, y dijo: “Por eso dejará el hombre a su padre y a su
madre, y se unirá a su esposa, y los dos llegarán a ser un solo cuerpo”? Así
que ya no son dos, sino uno solo. Por tanto, lo que Dios ha unido, que no lo
separe el hombre.
En el Génesis Capítulo 2,
versículo 24, dice:
“Por
tanto el hombre dejará a su padre y a su madre y se unirá a su mujer, y serán
una sola carne”.
En primera de Corintios Capítulo
7, versículo 2:
“Pero en vista de tanta inmoralidad, cada hombre debe
tener su propia esposa, y cada mujer su propio esposo".
En primera de Corintios Capítulo
6, versículo 9:
“¿No
sabéis que los injustos no heredarán el reino de Dios? No erréis; ni los
fornicarios, ni los idólatras, ni los adúlteros, ni los afeminados, ni los que
se echan con varones”.
En el Levítico, Capítulo 18,
versículo 22:
“No te
echarás con varón como con mujer; es abominación”.
Pero no solo existe, respecto
a Chile esa curiosa coincidencia, hay otra. Resulta que el Secretario General
de la injusta y parcializada Corte Interamericana de Derechos Humanos que
emitió la desafortunada opinión que afecta y distorsiona el concepto del
matrimonio verdadero que Dios bendice, es el DR. PABLO SAAVEDRA ALESSANDRI, quien también es chileno y aunque no
vota en las decisiones de la Corte, es el funcionario administrativo de más
alta jerarquía en dicha institución. Es descendiente de dos Presidentes
católicos y creyentes en Dios, de la República de Chile. Del DR ARTURO ALESSANDRI PALMA quien fuera Presidente
de Chile en dos períodos (1920-1925 y
1932-1938), y también del ING. JORGE
ALESSANDRI RODRÍGUEZ, Presidente de Chile (1958-1964) e hijo de aquél.
Por todo ello, sostenemos que
el hermoso acto del matrimonio espontáneo que hizo el Papa Francisco con los
dos sobrecargos chilenos sobre el espacio aéreo de Chile – más arriba de las
nubes y más cerca del cielo – no es casual ni fortuito, es un mensaje divino de
amor en las alturas que quiso mandar el Redentor del Mundo a nuestro continente
desde Chile, solo para reafirmar y para que en momentos en que se debate el
tema del matrimonio y en el que algunos tienen ciertas confusiones,
termináramos comprendiendo que el único matrimonio bendecido por Dios es de un hombre con una mujer, lo demás es contra
natural.
Jueves, 18 de enero de 2018.
Doctor en Derecho
(Especializado en Derecho Constitucional)
Universidad
Complutense de Madrid, Reino de España
Primer Defensor
del Pueblo de la República de Panamá (1997-2001)
Correo
Electrónico: iantinorib@cwpanama.net
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