miércoles, 10 de noviembre de 2021

Ricardo Martinelli: efectos jurídicos de la no culpabilidad, opinión del reconocido constitucionalista y Primer Defensor del Pueblo de la República de Panamá, Dr. Italo Antinori Bolaños

 

Ricardo Martinelli: efectos jurídicos de la no culpabilidad

Muchas personas nos han escrito insistentemente preguntándonos si es posible presentar algún recurso contra la resolución dictada por las Juezas de Juicio el martes 9 de noviembre de 2021, donde se declaró “no culpable” al expresidente Ricardo Martinelli.  Con el ánimo y propósito de aclarar las dudas, explicamos brevemente, de forma sencilla y comprensible, lo siguiente:

El párrafo final del artículo 179 del Código Procesal Penal, establece puntualmente que:

“Cuando se ordena la celebración de un nuevo juicio en contra del imputado que haya sido absuelto por la sentencia recurrida, y como consecuencia de este nuevo juicio resulta absuelto, dicha sentencia no es susceptible de recurso alguno”. (El subrayado y resaltado es nuestro)

Ello significa:

1. Que la resolución dictada donde se declaró al expresidente Ricardo Martinelli como “no culpable” es final, definitiva y obligatoria.

2. Contra tal decisión – según lo establece el precitado artículo – no cabe recurso alguno, por lo que su contenido y sentido queda en firme.

Al margen de las consideraciones jurídicas anteriormente expresadas, queremos manifestar que debemos evitar el despliegue del odio, la crispación, la protervia y el rencor.  Aceptar los resultados judiciales – nos gusten o no – es consustancial a vivir en un Estado de Derecho y promueve la paz social.  Con odios incontrolables y paroxismos desenfrenados, no se puede reconstruir un país porque el odio destruye, jamás construye.

Panamá. 10 de noviembre de 2021

Dr. Italo I. Antinori Bolaños Murgas Alvarez

Doctor en Derecho (Especializado en Derecho Constitucional)

Universidad Complutense de Madrid, Reino de España

Primer Defensor del Pueblo de la República de Panamá (1997-2001)

Correo Electrónico: iantinorib@cwpanama.net

https://www.youtube.com/watch?v=kldLuqZp6vI

https://www.youtube.com/watch?v=TojCeGsA83w

https://www.educacion.gob.es/teseo/mostrarRef.do?ref=144960


2 comentarios:

  1. Dr. Italo Antonori agradecida por su explicación. Casualmente hace unos minutos conversaba con mi hermana y teníamos ciertas dudas de este caso. Mil gracias y bendiciones!!

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  2. Efectivamente ante la claridad de la norma no hay otra alternativa

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