Juana Rosales y la mujer del César
Reflexiones del Dr. Italo Antinori B. (*)
En los últimos días del mes de abril de 2016
– justo cuando finalizaba el mes en que, mediante un terremoto informativo, fueron
divulgados en el mundo los denominados “Panama Papers” – la Asamblea Nacional
de Panamá consideró y discutió, en tercer y último debate, el denominado proyecto de Ley N° 305, que
modificaba la Ley N° 22 de 27 de junio de 2006 (Gaceta Oficial 26,829 de
viernes 15 de julio de 2011) que regula la contratación pública en Panamá y que
dicta el marco normativo en que las personas (naturales y
jurídicas) pueden contratar con el Estado Panameño. La discusión se trancó por un par de días
cuando un grupo minoritario de Diputados propuso que – además de inhabilitar a
los supuestos contratistas condenados por la justicia panameña, como proponía
el Ejecutivo – también se inhabilitara a todo contratista extranjero, condenado
también en el exterior, por actos de corrupción. La propuesta creó una polémica dentro del
Parlamento panameño que produjo resultados el jueves 28 de abril de 2016, cuando, con 38 votos en
contra, 6 a favor y 5 abstenciones, la Asamblea Nacional rechazó la moción
presentada e hizo prevalecer el criterio de que a las empresas extranjeras,
solamente se les inhabilitaría para contratar con el Estado, cuando fueren
condenadas únicamente en la República de Panamá. La Asamblea Nacional – declaró
la Diputada Ana Matilde Gómez en el Diario La Prensa de sábado 30 de abril de
2016 – “pagará un alto costo político por no haberle cerrado el paso a la
corrupción internacional”. Al criterio
de la Diputada Gómez, se sumó el de la Cámara de Comercio, Industrias y
Agricultura de Panamá, cuando su Presidente Jorge García Icaza, declaró que “la
Asamblea envía un mensaje incorrecto al país y a la comunidad
internacional”. Otras voces de la sociedad
coincidieron con ambas declaraciones.
Entre éstos, el Movimiento Independiente (MOVIN) – a quien el gobierno
panameño hace poco tiempo le concedió la personería jurídica como asociación
sin fines de lucro – declaró por intermedio de Horacio Icaza, que “no se ha
mandado un mensaje al mundo de que realmente Panamá tiene cero tolerancia a la
corrupción. Se ha dejado abierto a poder
participar a cualquier empresa del mundo, esté o no condenada. Ese es un terrible mensaje que se da al
mundo.” (La Prensa, sábado 30 de abril
de 2016) El influyente Diputado y hermano
del Presidente de Panamá, José Luis “Popi” Varela, manifestó que lo logrado era
un avance en comparación con la ley vigente y que hay “más cosas buenas que
cosas malas” aprobadas en el tercer y último debate de dicho proyecto de ley. Sostuvo que, de haber sido aprobada la
modificación propuesta, se hubiesen paralizado varias licitaciones, “debido a
las impugnaciones entre empresas que pudiesen acusarse de estar condenadas en
el sistema judicial de otros países” (La Prensa, sábado 30 de abril de
2016). En las redes sociales, el
Diputado Varela, para sustentar su criterio citó, a manera de ejemplo, al
encarcelado dirigente venezolano Leopoldo López asegurando que, siendo un
ejemplo de ciudadano, si obtuviese su libertad y viniera a Panamá, no podría
licitar con el Estado por estar condenado por un tribunal de justicia en
Venezuela. Igual – reafirmó el Diputado
Varela – pasaría con empresas condenadas por regímenes como el de Corea del
Norte u otros (La Prensa, viernes 29 de abril de 2016). Y aunque el Diputado Varela, si bien reconoce
que es un tema complicado, no descarta que en el futuro, mediante un amplio
consenso se busque una redacción adecuada que cubra lo planteado por los proponentes,
de modo tal que se le pudiera dar potestad a la Dirección General de
Contrataciones Públicas de Panamá, para inhabilitar a las empresas corruptas
condenadas en el extranjero, sin convertir cada licitación en una “pandora” de
recursos donde habría que consultar fallos judiciales en el mundo. (La Prensa, 29 de abril de 2016).
Lo ocurrido genera una profunda discusión y
atiza sin lugar a dudas una polémica que no parece estar zanjada y que dista
mucho de ser un tema que quedará en el olvido. ¿Fue prudente discutir el
proyecto de Ley a horas de terminar la legislatura, antes del receso
parlamentario de dos meses? ¿Fue acertado y juicioso discutir tan delicado
proyecto de Ley, precisamente en el mes y pocas semanas después de haberse
divulgado el escándalo de los “Panama Papers”? Quedan algunas reflexiones y
varias interrogantes por hacer. Pero
ante la cuestión surgida, no debemos
olvidar que después de los “Panama Papers”, la República de Panamá se encuentra
en una incómoda situación en el ámbito internacional, pues se le atribuye ser
permisiva y facilitadora en el uso de su sistema legal y financiero para
favorecer los delitos de lavado de dinero, terrorismo, tráfico de armas,
proliferación de armas de destrucción masiva y defraudación fiscal. Si gracias a la actuación de Mossack y
Fonseca, Panamá está en el ojo de la tormenta mundial, ¿no debería Panamá actuar
con prudencia y aspirar a ser como la mujer del César?
Sábado, 30 de abril de 2016.
(*) El autor es
analista, conferencista internacional. Es Doctor en Derecho (Especializado en Derecho
Constitucional) por la Universidad Complutense de Madrid, Reino de España y fue
el Primer Defensor del Pueblo de la República de Panamá (1997-2001)
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