El
distinguido constitucionalista complutense, Dr. Italo Antinori Bolaños nos ha
pedido la publicación de dos comunicados de su autoría que han circulado en las
redes sociales de Panamá. Los
comunicados tienen relación con el tema del que nos había escrito hace algunos
meses, referente a la destitución por la Corte Suprema de Justicia de Panamá,
de la Procuradora de ese país, Ana Matilde Gómez, ocurrido en el 2010. Tratándose del Dr. Antinori, no podemos
negarnos a su petición que, a la vez, nos permite conocer aspectos interesantes
de ese hermoso país caribeño y centroamericano.
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Mensaje reenviado ----------
De: Dr. Italo Isaac Antinori Bolaños
Fecha: 12 de julio de 2012 02:06
Asunto: ACLARACIÓN NECESARIA e IMPORTANTE
Para: iantinorib@cwpanama.net
De: Dr. Italo Isaac Antinori Bolaños
Fecha: 12 de julio de 2012 02:06
Asunto: ACLARACIÓN NECESARIA e IMPORTANTE
Para: iantinorib@cwpanama.net
Ciudad de Panamá, primeras
horas del jueves 12 de julio de 2012.
COMUNICADO
En la tarde del miércoles 11
de julio circularon varios correos y mensajes por las redes sociales, en las
que se decía o se dejaba entrever que el suscrito había interpuesto una
querella de calumnia e injuria contra los periodistas CASTALIA PASCUAL,
EDUARDO LIM YUENG, DORCAS DE LA ROSA y ALVARO ALVARADO y que, a éstos los
estaban citando para una declaración indagatoria. Con el ánimo y
propósito de que la verdad resplandezca, nos permitimos aclarar lo siguiente:
1.
En ningún momento hemos presentado una querella de calumnia e injuria contra
los periodistas CASTALIA PASCUAL, EDUARDO LIM YUENG, DORCAS DE LA ROSA y
ALVARO ALVARADO, así como tampoco lo hemos hecho contra ningún otro
comunicador social.
2.
Durante el curso de mi vida pública, nos hemos opuesto a presentar querellas
contra los comunicadores sociales. Es importante destacar que, como Primer
Defensor del Pueblo de la República de Panamá (1997-2001), preparé y firmé el
Primer Informe a favor de la Libertad de Expresión que se redactó y publicó en
nuestro país. Dicho informe también hizo una denuncia internacional de los
casos de periodistas y hasta abogados que, en esa época, estuvieron perseguidos
y hasta detenidos, cuando estaban vigentes en el país las oprobiosas leyes de
desacato. El informe lo presentamos y sustentamos el 22 de abril de 1999, ante SANTIAGO
CANTÓN, quien entonces era el Relator Especial para la Libertad de
Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA). Dicho informe
fue publicado (5,000 ejemplares se divulgaron de forma gratuita) y uno de estos
(segunda edición) se encuentra en la Biblioteca Nacional donde puede ser
consultado.
3.
Nuestra gestión como Primer Defensor del Pueblo se caracterizó por defender
vehementemente la libertad de expresión al punto que, el primer proyecto de Ley
para eliminar las leyes de desacato, lo presentó el suscrito ante la Comisión
de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa (hoy Asamblea Nacional) el 27 de
junio del 2000, con fundamento en el numeral 5 del artículo 4 de la Ley N° 7 de
5 de febrero de 1997, que le otorga iniciativa legislativa al ciudadano
Defensor del Pueblo en materias propias de los Derechos Humanos.
4.
Por consiguiente, no ha sido ni es práctica nuestra, atacar periodistas ni
en lo personal ni en lo profesional – más bien deploramos estos hechos –
como tampoco es nuestra práctica afectar las actividades profesionales que los
comunicadores sociales desarrollan.
5.
Aclaro que, como consecuencia de un proceso penal (calumnia e injuria) que
presenté contra la abogada Zulay Rodríguez, se incluyeron como pruebas,
algunas grabaciones oficiales de diversos programas de televisión, que fueron
solicitadas por intermedio de la Autoridad Nacional de los Servicios
Públicos(ASEP) y respecto a declaraciones que hizo dicha abogada.
6.
Dentro del proceso penal que se instruye, no hemos solicitado la
comparecencia de ningún periodista como testigo, hecho que se puede comprobar
fácilmente en la Fiscalía Novena de Circuito, en donde están radicadas las
respectivas sumarias.
7.
La citación que le han hecho a los periodistas CASTALIA PASCUAL, EDUARDO LIM
YUENG, DORCAS DE LA ROSA y ALVARO ALVARADO, para que se presenten como
testigos a rendir una declaración jurada, ha sido una decisión del
Ministerio Público, como parte de la investigación que realiza en el proceso.
Por tanto, finalmente quiero
expresar nuestro absoluto respeto a la función social que realizan los
periodistas citados por el Ministerio Público – así como con relación a los
demás comunicadores sociales – al igual que manifestamos y reafirmamos que no
ha sido ni es nuestra intención afectar a dichos periodistas, ni en lo personal
ni tampoco en el ejercicio profesional de sus actividades periodísticas.
Les expreso mis atentas
consideraciones.
Dr. Italo Isaac
Antinori Bolaños
Doctor
en Derecho (Especializado en Derecho Constitucional)
Universidad
Complutense de Madrid, España.
Primer
Defensor del Pueblo de la República de Panamá (1997-2001)
Por elemental
seriedad y responsabilidad académica, se recomienda – si así lo considera
conveniente – verificar en la Universidad Complutense de Madrid, el grado
académico de Doctor en Derecho, especializado en Derecho Constitucional, que
posee el Dr. Italo Isaac Antinori Bolaños. Para ello, se puede pulsar en los
dos (2) siguientes vínculos oficiales de la página Web de dicha universidad:
En el primero de
éstos consta la presentación de la tesis doctoral en 1990 en el Departamento de
Derecho Constitucional (Derecho Político) de la Universidad Complutense. Para
mayor información se puede pulsar donde dice “más detalles”:
A continuación, el
segundo vínculo, cuando éste se abre se puede pulsar donde dice “más
detalles” si también se desea obtener más información, sobre la opinión del
jurado calificador de la tesis doctoral. También, al abrir el correspondiente
archivo y a la izquierda, se puede tener acceso completo a la tesis doctoral
que la Universidad ha publicado por honor académico que, además exhibe
en su propia página Web y que contiene, en dos tomos, más de mil cien páginas:
Segundo comunicado aclaratorio.
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Mensaje reenviado ----------
De: Dr. Italo Isaac Antinori Bolaños
Fecha: 13 de julio de 2012 04:10
Asunto: Segunda aclaración del Dr. Italo Antinori
Para: cpascual@tvn-2.com, castalia.pascual@gmail.com, pascual.castalia@gmail.com, aalvarado@medcom.com.pa, ddelarosa@medcom.com.pa, elim@tvn-2.com, elimyueng@tvn-2.com
CC: garodriguez@tvn-2.com, "Lcdo. Atenógenes Rodríguez", Betty Brannan Jaén
, "Lcdo. Edgardo Murgas Alvarez"
, "Lcdo. Fernando Correa J."
, "Lcdo. James Aparicio"
, "Lcdo. Javier Collins Agnew"
, "Juan Pritsiolas (Crítica)"
, "Juan Pritsiolas (Correo Hotmail)"
, Periodista Larabel González
, "Lcda. Luz María Noli"
, "Lcda. Maribel Cuervo de Paredes"
, "Lcda. Maribel Cuervo de Paredes (correo
de RCM noticias)" , "Periodista
Lcdo. Mario Luis Murgas" ,
hugoefamani@gmail.com, "Lcdo. Jean Marcel Chery"
, Periodista Jesús Morales
, elio.nunez@prensa.com
De: Dr. Italo Isaac Antinori Bolaños
Fecha: 13 de julio de 2012 04:10
Asunto: Segunda aclaración del Dr. Italo Antinori
Para: cpascual@tvn-2.com, castalia.pascual@gmail.com, pascual.castalia@gmail.com, aalvarado@medcom.com.pa, ddelarosa@medcom.com.pa, elim@tvn-2.com, elimyueng@tvn-2.com
CC: garodriguez@tvn-2.com, "Lcdo. Atenógenes Rodríguez"
COMUNICADO N° 2
Ciudad de Panamá, viernes 13 de julio de 2012.
En el primer comunicado que
enviamos ayer doce (12) de julio de 2012, explicamos puntualmente que nuestra
querella penal fue interpuesta únicamentecontra ZULAY
RODRÍGUEZ LU, pero nunca contra los periodistas CASTALIA PASCUAL,
EDUARDO LIM YUENG, ALVARO ALVARADO y DORCAS DE LA ROSA, ni contra
ningún otro comunicador social. En esta ocasión, nos permitimos hacer la
presente explicación adicional en vista de que, continúan emitiéndose falsas
declaraciones que pretenden confundir y tergiversar los hechos. Apegado a la
verdad y a la justicia y como ciudadano serio y responsable, exponemos y
aclaramos lo siguiente:
1.
Es falso que la querella penal que presentamos contra ZULAY RODRÍGUEZ LU,
constituya una persecución política por las actividades opositoras que inició
la querellada ZULAY RODRÍGUEZ LU, a partir de su inscripción en el
Partido Revolucionario Democrático (PRD), el 1 de septiembre del 2011.
2.
Es falso que la querella penal haya sido presentada recientemente, como se ha
querido hacer ver, tergiversando la realidad. La aludida querella se está
tramitando hace más de un año y fue interpuesta antes que la querellada ZULAY
RODRÍGUEZ LU, se inscribiera en el Partido Revolucionario Democrático
(PRD).
3.
La querella fue presentada en el Centro de Recepción de Denuncias, el día
veintiuno (21) de mayo de 2011, cuando la abogada ZULAY RODRÍGUEZ LU,
ni siquiera era miembro del Partido Revolucionario Democrático (PRD), ni se
agitaba dentro de las filas de la oposición, ni hacía denuncias contra el
gobierno nacional. Así puede comprobarse en el expediente que se tramita
actualmente en la Fiscalía Novena de Circuito.
4.
La señora ZULAY RODRÍGUEZ LU se inscribió en el Partido Revolucionario
Democrático (PRD), el día 1 de septiembre de 2011, mientras que, desde
el 21 de mayo de 2011 (fecha de la interposición de la acción penal), se
tramitaba la querella penal en su contra.
5.
Por consiguiente, si la querella fue presentada antes que ZULAY RODRÍGUEZ LU
actuara en la vida política, resulta absurdo y sin sentido que la querellada
denuncie públicamente que dicha querella penal está motivada por la persecución
contra sus actividades opositoras. Es evidente que una cosa no tiene que ver
con la otra. La querella se presentó por las falsas y temerarias declaraciones
de la querellada, en las que pretendió involucrarme como el “cerebro” y “la
mente maestra” de un supuesto complot para separar, destituir y condenar a la
señora ANA MATILDE GÓMEZ como Procuradora General de la Nación. Esta
imputación no ha podido ser probada porque los conceptos
académicos/constitucionales, que expuse públicamente, en la APEDE
y en diversos medios de comunicación, sobre la actuación de la señora GÓMEZ,
no pueden ser penados, sencillamente porque las ideas y el pensamiento
–acertados o errados – pero expresados abiertamente (no en las sombras), no
pueden ser condenados. Por otra parte, quien redactó ante el Pleno de la Corte
Suprema de Justicia, la resolución de separación y condena de la señora ANA
MATILDE GÓMEZ – y de quien, convenientemente, nada dijo ni dice la
querellada – resulta ser su padrino, ex jefe, profesor y director de tesis, el
Magistrado WILFREDO SÁENZ, con quien no tengo ni mantengo relación
alguna y sobre quien no tengo poder alguno para obligarlo a tomar la decisión
que adoptó contra la señora ANA MATILDE GÓMEZ. Me pregunto entonces, si
la destitución de ANA MATILDE GÓMEZ es considerada incorrecta e
indebida, ¿por qué la querellada nada dijo y nada dice, contra el Magistrado SÁENZ,
quien fue el ponente que redactó la resolución de separación, condena y
destitución de GÓMEZ en la Corte Suprema de Justicia? ¿Por qué de la
actuación de SÁENZ no se dijo, ni se dice nada y ni siquiera es
mencionado? ¿Qué poder podía tener el suscrito para obligar a un Magistrado de
la Corte Suprema de Justicia, a tomar semejante decisión contra una Procuradora
General de la Nación? El que quiera comprobar la vinculación entre la
querellada y el Magistrado WILFREDO SÁENZ, verdadero autor/ponente de la
destitución y condena de ANA MATILDE GÓMEZ y saber por qué no lo
menciona en la trama inventada de la supuesta conjura, puede pulsar sobre el
siguiente vínculo:
6.
Resulta lamentable que la señora ZULAY RODRÍGUEZ LU utilice el blindaje
del Partido Revolucionario Democrático (PRD) – partido al que ingresó hace
menos de un año – para escudarse frente a una acción penal que no tuvo ni tiene
nada que ver con las actividades políticas de dicho colectivo, porque se trata
de una acción penal personal, interpuesta contra ZULAY RODRÍGUEZ LU, con
cédula de identidad personal N° 8-309-602, pero no contra el Partido
Revolucionario Democrático (PRD), ni contra ningún otro miembro de dicho
partido.
7.
Por otra parte, aclaramos que la querella quedó radicada, inicialmente en
abril del año 2011, en la Fiscalía Octava de Circuito, que inició la
investigación sumarial. Sin embargo, fue la propia querellada, ZULAY
RODRÍGUEZ LU quien recusó a la señora Fiscal Octava hace algunos meses,
acusándola falsa e injustamente de estar parcializada a favor del suscrito. Es
por esta razón que el caso pasó a la siguiente Fiscalía, es decir, a la
Fiscalía Novena (Fiscalía de Circuito Anticorrupción). Ahora resulta que la
señora RODRÍGUEZ LU y su abogado, se quejan porque el caso está
en la Fiscalía Novena, omitiendo decirle, de forma calculada, a las personas
que quedó en dicha Fiscalía, como producto de la recusación que presentó hace
algunos meses la propia abogada ZULAY RODRÍGUEZ LU.
8.
Solicitamos respetuosamente a las personas y a amigos, que no se dejen
confundir con informaciones falsas, malintencionadas e inexactas, que
persiguen aviesos propósitos y que buscan ansiosamente notoriedad para fines
políticos, pero, echando a un lado y sacrificando lo más importante: la
verdad.
Una vez más les expreso mis
atentas y respetuosas consideraciones.
Dr. Italo Isaac
Antinori Bolaños
Doctor
en Derecho (Especializado en Derecho Constitucional)
Universidad
Complutense de Madrid, España.
Primer
Defensor del Pueblo de la República de Panamá (1997-2001)
Por elemental
seriedad y responsabilidad académica, se recomienda – si así lo considera
conveniente – verificar en la Universidad Complutense de Madrid, el grado
académico de Doctor en Derecho, especializado en Derecho Constitucional, que
posee el Dr. Italo Isaac Antinori Bolaños. Para ello, se puede pulsar en los
dos (2) siguientes vínculos oficiales de la página Web de dicha universidad:
En el primero de
éstos consta la presentación de la tesis doctoral en 1990 en el Departamento de
Derecho Constitucional (Derecho Político) de la Universidad Complutense. Para
mayor información se puede pulsar donde dice “más detalles”:
A continuación, el
segundo vínculo, cuando éste se abre se puede pulsar donde dice “más
detalles” si también se desea obtener más información, sobre la opinión del
jurado calificador de la tesis doctoral. También, al abrir el correspondiente
archivo y a la izquierda, se puede tener acceso completo a la tesis doctoral
que la Universidad ha publicado por honor académico que, además exhibe
en su propia página Web y que contiene, en dos tomos, más de mil cien páginas:
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