sábado, 14 de julio de 2012

Comunicados aclaratorios del distinguido constitucionalista complutense, Dr. Italo Antinori Bolaños

El distinguido constitucionalista complutense, Dr. Italo Antinori Bolaños nos ha pedido la publicación de dos comunicados de su autoría que han circulado en las redes sociales de Panamá.  Los comunicados tienen relación con el tema del que nos había escrito hace algunos meses, referente a la destitución por la Corte Suprema de Justicia de Panamá, de la Procuradora de ese país, Ana Matilde Gómez, ocurrido en el 2010.  Tratándose del Dr. Antinori, no podemos negarnos a su petición que, a la vez, nos permite conocer aspectos interesantes de ese hermoso país caribeño y centroamericano.


---------- Mensaje reenviado ----------
De: Dr. Italo Isaac Antinori Bolaños
Fecha: 12 de julio de 2012 02:06
Asunto: ACLARACIÓN NECESARIA e IMPORTANTE
Para: iantinorib@cwpanama.net

Ciudad de Panamá, primeras horas del jueves 12 de julio de 2012.
COMUNICADO
En la tarde del miércoles 11 de julio circularon varios correos y mensajes por las redes sociales, en las que se decía o se dejaba entrever que el suscrito había interpuesto una querella de calumnia e injuria contra los periodistas CASTALIA PASCUAL, EDUARDO LIM YUENG, DORCAS DE LA ROSA y ALVARO ALVARADO y que, a éstos los estaban citando para una declaración indagatoria. Con el ánimo y propósito de que la verdad resplandezca, nos permitimos aclarar lo siguiente:
1. En ningún momento hemos presentado una querella de calumnia e injuria contra los periodistas CASTALIA PASCUAL, EDUARDO LIM YUENG, DORCAS DE LA ROSA y ALVARO ALVARADO, así como tampoco lo hemos hecho contra ningún otro comunicador social.
2. Durante el curso de mi vida pública, nos hemos opuesto a presentar querellas contra los comunicadores sociales. Es importante destacar que, como Primer Defensor del Pueblo de la República de Panamá (1997-2001), preparé y firmé el Primer Informe a favor de la Libertad de Expresión que se redactó y publicó en nuestro país. Dicho informe también hizo una denuncia internacional de los casos de periodistas y hasta abogados que, en esa época, estuvieron perseguidos y hasta detenidos, cuando estaban vigentes en el país las oprobiosas leyes de desacato. El informe lo presentamos y sustentamos el 22 de abril de 1999, ante SANTIAGO CANTÓN, quien entonces era el Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA). Dicho informe fue publicado (5,000 ejemplares se divulgaron de forma gratuita) y uno de estos (segunda edición) se encuentra en la Biblioteca Nacional donde puede ser consultado.
3. Nuestra gestión como Primer Defensor del Pueblo se caracterizó por defender vehementemente la libertad de expresión al punto que, el primer proyecto de Ley para eliminar las leyes de desacato, lo presentó el suscrito ante la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa (hoy Asamblea Nacional) el 27 de junio del 2000, con fundamento en el numeral 5 del artículo 4 de la Ley N° 7 de 5 de febrero de 1997, que le otorga iniciativa legislativa al ciudadano Defensor del Pueblo en materias propias de los Derechos Humanos.
4. Por consiguiente, no ha sido ni es práctica nuestra, atacar periodistas ni en lo personal ni en lo profesional – más bien deploramos estos hechos – como tampoco es nuestra práctica afectar las actividades profesionales que los comunicadores sociales desarrollan.
5. Aclaro que, como consecuencia de un proceso penal (calumnia e injuria) que presenté contra la abogada Zulay Rodríguez, se incluyeron como pruebas, algunas grabaciones oficiales de diversos programas de televisión, que fueron solicitadas por intermedio de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos(ASEP) y respecto a declaraciones que hizo dicha abogada.
6. Dentro del proceso penal que se instruye, no hemos solicitado la comparecencia de ningún periodista como testigo, hecho que se puede comprobar fácilmente en la Fiscalía Novena de Circuito, en donde están radicadas las respectivas sumarias.
7. La citación que le han hecho a los periodistas CASTALIA PASCUAL, EDUARDO LIM YUENG, DORCAS DE LA ROSA y ALVARO ALVARADO, para que se presenten como testigos a rendir una declaración jurada, ha sido una decisión del Ministerio Público, como parte de la investigación que realiza en el proceso.
Por tanto, finalmente quiero expresar nuestro absoluto respeto a la función social que realizan los periodistas citados por el Ministerio Público – así como con relación a los demás comunicadores sociales – al igual que manifestamos y reafirmamos que no ha sido ni es nuestra intención afectar a dichos periodistas, ni en lo personal ni tampoco en el ejercicio profesional de sus actividades periodísticas.
Les expreso mis atentas consideraciones.
Dr. Italo Isaac Antinori Bolaños
Doctor en Derecho (Especializado en Derecho Constitucional)
Universidad Complutense de Madrid, España.
Primer Defensor del Pueblo de la República de Panamá (1997-2001)

Por elemental seriedad y responsabilidad académica, se recomienda – si así lo considera conveniente – verificar en la Universidad Complutense de Madrid, el grado académico de Doctor en Derecho, especializado en Derecho Constitucional, que posee el Dr. Italo Isaac Antinori Bolaños. Para ello, se puede pulsar en los dos (2) siguientes vínculos oficiales de la página Web de dicha universidad:
En el primero de éstos consta la presentación de la tesis doctoral en 1990 en el Departamento de Derecho Constitucional (Derecho Político) de la Universidad Complutense. Para mayor información se puede pulsar donde dice “más detalles”:
A continuación, el segundo vínculo, cuando éste se abre se puede pulsar donde dice “más detalles” si también se desea obtener más información, sobre la opinión del jurado calificador de la tesis doctoral. También, al abrir el correspondiente archivo y a la izquierda, se puede tener acceso completo a la tesis doctoral que la Universidad ha publicado por honor académico que, además exhibe en su propia página Web y que contiene, en dos tomos, más de mil cien páginas:

Segundo comunicado aclaratorio.


---------- Mensaje reenviado ----------
De: Dr. Italo Isaac Antinori Bolaños
Fecha: 13 de julio de 2012 04:10
Asunto: Segunda aclaración del Dr. Italo Antinori
Para: cpascual@tvn-2.com, castalia.pascual@gmail.com, pascual.castalia@gmail.com, aalvarado@medcom.com.pa, ddelarosa@medcom.com.pa, elim@tvn-2.com, elimyueng@tvn-2.com
CC: garodriguez@tvn-2.com, "Lcdo. Atenógenes Rodríguez" , Betty Brannan Jaén , "Lcdo. Edgardo Murgas Alvarez" , "Lcdo. Fernando Correa J." , "Lcdo. James Aparicio" , "Lcdo. Javier Collins Agnew" , "Juan Pritsiolas (Crítica)" , "Juan Pritsiolas (Correo Hotmail)" , Periodista Larabel González , "Lcda. Luz María Noli" , "Lcda. Maribel Cuervo de Paredes" , "Lcda. Maribel Cuervo de Paredes (correo de RCM noticias)" , "Periodista Lcdo. Mario Luis Murgas" , hugoefamani@gmail.com, "Lcdo. Jean Marcel Chery" , Periodista Jesús Morales , elio.nunez@prensa.com

COMUNICADO N° 2
Ciudad de Panamá, viernes 13 de julio de 2012.
En el primer comunicado que enviamos ayer doce (12) de julio de 2012, explicamos puntualmente que nuestra querella penal fue interpuesta únicamentecontra ZULAY RODRÍGUEZ LU, pero nunca contra los periodistas CASTALIA PASCUAL, EDUARDO LIM YUENG, ALVARO ALVARADO y DORCAS DE LA ROSA, ni contra ningún otro comunicador social. En esta ocasión, nos permitimos hacer la presente explicación adicional en vista de que, continúan emitiéndose falsas declaraciones que pretenden confundir y tergiversar los hechos. Apegado a la verdad y a la justicia y como ciudadano serio y responsable, exponemos y aclaramos lo siguiente:
1. Es falso que la querella penal que presentamos contra ZULAY RODRÍGUEZ LU, constituya una persecución política por las actividades opositoras que inició la querellada ZULAY RODRÍGUEZ LU, a partir de su inscripción en el Partido Revolucionario Democrático (PRD), el 1 de septiembre del 2011.
2. Es falso que la querella penal haya sido presentada recientemente, como se ha querido hacer ver, tergiversando la realidad. La aludida querella se está tramitando hace más de un año y fue interpuesta antes que la querellada ZULAY RODRÍGUEZ LU, se inscribiera en el Partido Revolucionario Democrático (PRD).
3. La querella fue presentada en el Centro de Recepción de Denuncias, el día veintiuno (21) de mayo de 2011, cuando la abogada ZULAY RODRÍGUEZ LU, ni siquiera era miembro del Partido Revolucionario Democrático (PRD), ni se agitaba dentro de las filas de la oposición, ni hacía denuncias contra el gobierno nacional. Así puede comprobarse en el expediente que se tramita actualmente en la Fiscalía Novena de Circuito.
4. La señora ZULAY RODRÍGUEZ LU se inscribió en el Partido Revolucionario Democrático (PRD), el día 1 de septiembre de 2011, mientras que, desde el 21 de mayo de 2011 (fecha de la interposición de la acción penal), se tramitaba la querella penal en su contra.
5. Por consiguiente, si la querella fue presentada antes que ZULAY RODRÍGUEZ LU actuara en la vida política, resulta absurdo y sin sentido que la querellada denuncie públicamente que dicha querella penal está motivada por la persecución contra sus actividades opositoras. Es evidente que una cosa no tiene que ver con la otra. La querella se presentó por las falsas y temerarias declaraciones de la querellada, en las que pretendió involucrarme como el “cerebro” y “la mente maestra” de un supuesto complot para separar, destituir y condenar a la señora ANA MATILDE GÓMEZ como Procuradora General de la Nación. Esta imputación no ha podido ser probada porque los conceptos académicos/constitucionales, que expuse públicamente, en la APEDE y en diversos medios de comunicación, sobre la actuación de la señora GÓMEZ, no pueden ser penados, sencillamente porque las ideas y el pensamiento –acertados o errados – pero expresados abiertamente (no en las sombras), no pueden ser condenados. Por otra parte, quien redactó ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la resolución de separación y condena de la señora ANA MATILDE GÓMEZ – y de quien, convenientemente, nada dijo ni dice la querellada – resulta ser su padrino, ex jefe, profesor y director de tesis, el Magistrado WILFREDO SÁENZ, con quien no tengo ni mantengo relación alguna y sobre quien no tengo poder alguno para obligarlo a tomar la decisión que adoptó contra la señora ANA MATILDE GÓMEZ. Me pregunto entonces, si la destitución de ANA MATILDE GÓMEZ es considerada incorrecta e indebida, ¿por qué la querellada nada dijo y nada dice, contra el Magistrado SÁENZ, quien fue el ponente que redactó la resolución de separación, condena y destitución de GÓMEZ en la Corte Suprema de Justicia? ¿Por qué de la actuación de SÁENZ no se dijo, ni se dice nada y ni siquiera es mencionado? ¿Qué poder podía tener el suscrito para obligar a un Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, a tomar semejante decisión contra una Procuradora General de la Nación? El que quiera comprobar la vinculación entre la querellada y el Magistrado WILFREDO SÁENZ, verdadero autor/ponente de la destitución y condena de ANA MATILDE GÓMEZ y saber por qué no lo menciona en la trama inventada de la supuesta conjura, puede pulsar sobre el siguiente vínculo:
6. Resulta lamentable que la señora ZULAY RODRÍGUEZ LU utilice el blindaje del Partido Revolucionario Democrático (PRD) – partido al que ingresó hace menos de un año – para escudarse frente a una acción penal que no tuvo ni tiene nada que ver con las actividades políticas de dicho colectivo, porque se trata de una acción penal personal, interpuesta contra ZULAY RODRÍGUEZ LU, con cédula de identidad personal N° 8-309-602, pero no contra el Partido Revolucionario Democrático (PRD), ni contra ningún otro miembro de dicho partido.
7. Por otra parte, aclaramos que la querella quedó radicada, inicialmente en abril del año 2011, en la Fiscalía Octava de Circuito, que inició la investigación sumarial. Sin embargo, fue la propia querellada, ZULAY RODRÍGUEZ LU quien recusó a la señora Fiscal Octava hace algunos meses, acusándola falsa e injustamente de estar parcializada a favor del suscrito. Es por esta razón que el caso pasó a la siguiente Fiscalía, es decir, a la Fiscalía Novena (Fiscalía de Circuito Anticorrupción). Ahora resulta que la señora RODRÍGUEZ LU y su abogado, se quejan porque el caso está en la Fiscalía Novena, omitiendo decirle, de forma calculada, a las personas que quedó en dicha Fiscalía, como producto de la recusación que presentó hace algunos meses la propia abogada ZULAY RODRÍGUEZ LU.
8. Solicitamos respetuosamente a las personas y a amigos, que no se dejen confundir con informaciones falsas, malintencionadas e inexactas, que persiguen aviesos propósitos y que buscan ansiosamente notoriedad para fines políticos, pero, echando a un lado y sacrificando lo más importante: la verdad.
Una vez más les expreso mis atentas y respetuosas consideraciones.
Dr. Italo Isaac Antinori Bolaños
Doctor en Derecho (Especializado en Derecho Constitucional)
Universidad Complutense de Madrid, España.
Primer Defensor del Pueblo de la República de Panamá (1997-2001)
Por elemental seriedad y responsabilidad académica, se recomienda – si así lo considera conveniente – verificar en la Universidad Complutense de Madrid, el grado académico de Doctor en Derecho, especializado en Derecho Constitucional, que posee el Dr. Italo Isaac Antinori Bolaños. Para ello, se puede pulsar en los dos (2) siguientes vínculos oficiales de la página Web de dicha universidad:
En el primero de éstos consta la presentación de la tesis doctoral en 1990 en el Departamento de Derecho Constitucional (Derecho Político) de la Universidad Complutense. Para mayor información se puede pulsar donde dice “más detalles”:
A continuación, el segundo vínculo, cuando éste se abre se puede pulsar donde dice “más detalles” si también se desea obtener más información, sobre la opinión del jurado calificador de la tesis doctoral. También, al abrir el correspondiente archivo y a la izquierda, se puede tener acceso completo a la tesis doctoral que la Universidad ha publicado por honor académico que, además exhibe en su propia página Web y que contiene, en dos tomos, más de mil cien páginas:



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